Sociedad | No todo es amor
Se duplicaron los acuerdos prenupciales
Los acuerdos prenupciales en la Ciudad de Buenos Aires se duplicaron en los 煤ltimos 8 a帽os. Se trata de los tr谩mites que dividen los bienes de la pareja antes de contraer matrimonio. Ahora lo hacen un tercio de las nuevas parejas. El fen贸meno se da en paralelo con una disminuci贸n significativa en el n煤mero de enlaces que se registran en la ciudad. Buenos Aires, 28 de enero de 2025. Durante 2024, m谩s del 33 % de las parejas firmaron el convenio antes o despu茅s de casarse. En 2016, s贸lo el 14,2% gestion贸 esa separaci贸n de bienes. En Argentina, a partir de la reforma del C贸digo Civil y Comercial de 2015, se incorpor贸 esta herramienta para que las parejas definan cuestiones patrimoniales al momento de conformarse.
El Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires registr贸 en la 煤ltima d茅cada un aumento constante en los acuerdos de divisi贸n de bienes entre parejas que contraen matrimonio. Este tipo de acuerdos super贸 en el 煤ltimo a帽o el 33% del total, m谩s del doble de los ocurridos durante 2016, lo que refleja un crecimiento en el cambio de la tendencia en las relaciones patrimoniales dentro del matrimonio. Este crecimiento se produce simult谩neamente con la disminuci贸n significativa del n煤mero anual de matrimonios registrados. Si fueron 12631 en 2016, sumaron apenas 10468 el a帽o pasado. Una disminuci贸n de m谩s del 17%.
Este tipo de acuerdos prenupciales son instrumentos legales dise帽ados para estipular la divisi贸n de bienes y responsabilidades financieras en caso de divorcio, y tienen ra铆ces milenarias: surgieron en las civilizaciones antiguas, como Mesopotamia, Egipto y Grecia, donde documentos similares regulaban las propiedades que las mujeres aportaban al matrimonio. En Roma, el concepto permit铆a acordar previamente la dote y otras condiciones patrimoniales, asegurando protecci贸n econ贸mica a la esposa y su descendencia en caso de separaci贸n o viudez. Estos acuerdos eran esenciales en sociedades donde los matrimonios, m谩s que un acto rom谩ntico, eran alianzas econ贸micas y pol铆ticas.
En este siglo y en Argentina, aunque los matrimonios siguen siendo signados por el amor, las cifras indican que tambi茅n importa lo que pueda pasar si se disuelven. 鈥滶n 2016, de los 12.631 matrimonios celebrados, solo 1.764 parejas optaron por el r茅gimen de separaci贸n de bienes (un 14,27% del total); mientras que en 2024, de los 10.468 casamientos registrados, 3.501 firmaron acuerdos de separaci贸n de bienes, un 33,44%. Esta cifra equivale a un incremento de m谩s del 100% en los 煤ltimos nueve a帽os鈥, asegura C茅sar Torres, secretario de Gobierno y V铆nculo Ciudadano porte帽o.
Desde esa secretar铆a recuerdan que este r茅gimen 鈥減ermite a los c贸nyuges mantener la administraci贸n independiente de sus patrimonios personales durante el v铆nculo matrimonial鈥. Esto significa que lo que cada integrante de la pareja adquiera durante la vigencia del matrimonio no ser谩 considerado bien ganancial y cada uno conserva el control total sobre sus bienes y es responsable de las deudas que contraiga, excepto aquellas destinadas al mantenimiento del hogar com煤n o la educaci贸n de los hijos.
Este convenio puede acordarse antes de la boda mediante la celebraci贸n de acuerdos matrimoniales que se formalizan a trav茅s de una escritura p煤blica o al momento de casarse en el Registro Civil. 鈥淓stas convenciones s贸lo tienen efecto una vez consumado el matrimonio y se rigen por el art铆culo 446 del C贸digo Civil y Comercial (CCC)鈥, indican desde el Gobierno de la Ciudad.
Adem谩s, pueden modificarse despu茅s de un a帽o de matrimonio o terminar con la disoluci贸n del v铆nculo. En el caso en que los c贸nyuges no elijan esta modalidad, el matrimonio se regir谩 por el r茅gimen de comunidad de bienes, por el que los bienes adquiridos durante la uni贸n se presumen gananciales.
鈥淟a divisi贸n de bienes se registra en el acta matrimonial (sin costo adicional) al momento de casarse y no requiere de mayores tr谩mites que los estipulados dentro del matrimonio鈥, recuerdan desde V铆nculo Ciudadano. El Registro Civil de la Ciudad brinda informaci贸n y asesoramiento sobre los diferentes reg铆menes patrimoniales disponibles a trav茅s del siguiente enlace.
La historia
En Argentina los acuerdos prenupciales adquirieron un marco legal formal a partir de la reforma del C贸digo Civil y Comercial de 2015, que los incorpor贸 como una herramienta v谩lida para que las parejas definan cuestiones patrimoniales antes de contraer matrimonio. Regulados en los art铆culos 446 a 449, estos acuerdos permiten elegir el r茅gimen econ贸mico del matrimonio, ya sea ganancial o de separaci贸n de bienes, y prever la administraci贸n de bienes adquiridos antes o durante el v铆nculo. Antes de esta reforma, la legislaci贸n argentina no contemplaba su validez, lo que limitaba las posibilidades de las parejas para personalizar aspectos financieros en sus relaciones matrimoniales.
Para ser v谩lidos, los acuerdos prenupciales deben realizarse mediante escritura p煤blica y registrarse en el Registro Civil y otros registros pertinentes, seg煤n el tipo de bienes involucrados. Aunque suelen ser utilizados principalmente por parejas con patrimonios significativos, su aplicaci贸n a煤n es limitada debido a la escasa difusi贸n sobre su utilidad. Este mecanismo refleja una tendencia hacia la autonom铆a conyugal en materia econ贸mica, similar a la adoptada en otras legislaciones internacionales, y representa un cambio en la concepci贸n jur铆dica de las relaciones matrimoniales en el pa铆s.
El Registro Civil de la Ciudad tambi茅n ofrece la posibilidad de inscribir la elecci贸n de reg铆menes patrimoniales incluso despu茅s de la celebraci贸n del matrimonio.
Este servicio permite a los c贸nyuges modificar el r茅gimen bajo el cual administran su patrimonio com煤n, adapt谩ndose a nuevas circunstancias o necesidades actuales. Por ejemplo, las parejas que inicialmente eligieron un r茅gimen de comunidad de bienes pueden decidir, a帽os despu茅s, cambiar a uno de separaci贸n de bienes, garantizando mayor autonom铆a en la gesti贸n de sus patrimonios individuales.
Cualquier pareja casada que desee cambiar el r茅gimen patrimonial acordado inicialmente puede inscribir esta modificaci贸n. Para iniciar el tr谩mite, es fundamental contar con la siguiente documentaci贸n:
Acta de matrimonio: original y copia del documento que acredite el enlace matrimonial.
Escritura notarial: original y copia de la escritura p煤blica que detalla el nuevo r茅gimen patrimonial acordado entre los c贸nyuges.
Nota dirigida al director general: solicitando el inicio del tr谩mite.
La persona debe presentarse en la sede central del Registro Civil, en la calle Uruguay 753 (1掳 piso), de lunes a viernes, de 8.30 a 14 horas, y entregar la documentaci贸n referida para iniciar el tr谩mite. La inscripci贸n es completamente gratuita. *M谩s informaci贸n disponible en https://buenosaires.gob.ar/tramites/inscripcion-de-regimen-patrimonial-posterior-al-matrimonio
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