Porteñas | Inflación porteña
Acarreo e infracciones indexadas
Fuerte incremento del acarreo de autos en la ciudad desde marzo. El aumento coincide con el nuevo esquema tarifario de infracciones, que rige a partir del 1 de este mes. Ahora el pago de la grúa subió a 55 mil pesos. ¿En qué casos puede ser removido un vehículo? Buenos Aires, 25 de marzo de 2025. A partir del 1 de marzo, quienes transitan con sus vehículos por la Ciudad de Buenos Aires empezaron a pagar un costo mayor de acarreo por mal estacionamiento. A través de una resolución, se aumentó el pago de la grúa a un monto de 55.000 pesos.
El ajuste coincide con la actualización semestral que suele aplicar el Gobierno porteño para el conjunto de los valores de las multas de tránsito. Además del importe establecido por acarreo, se deberá abonar un recargo diario de $10.000, en caso de que no se realice el trámite de retiro del vehículo de inmediato, mientras que es de $7.000 para las motos.
El mal estacionamiento es la tercera falta de tránsito más frecuente que se comete en la Capital Federal, junto con el exceso de velocidad y el cruce con semáforo en rojo. El valor de la multa por esta conducta infractora subió a 73.162 pesos.
Ahora bien, los montos varías según las complicaciones que generan al resto de los conductores. Si la infracción obstruye una rampa para personas con discapacidad o una parada de colectivo, la tarifa que hay que pagar asciende a $219.486. Mientras que estacionar en carriles exclusivos o del Metrobus, la sanción económica alcanza los 109.743 pesos.
En 2022, la Legislatura porteña aprobó ese año una reforma del Código de Tránsito que impide que se remuevan vehículos que tengan el estacionamiento vencido o que no hayan abonado el parquímetro, dos de las situaciones que anteriormente motivaban la mayor cantidad de remolques de vehículos.
La normativa vigente solo permite la remoción cuando el vehículo representa una obstrucción al tránsito. Esto incluye casos en los que se interrumpen rampas de acceso para personas con discapacidad, paradas de colectivos, cajones de carga y descarga o zonas con prohibición de estacionamiento las 24 horas. También se autoriza el acarreo durante obras públicas o operativos de poda, sin que el conductor deba pagar por el servicio en esos casos.
No se permite acarrear vehículos detenidos en doble fila de forma transitoria, los vehículos pesados como camiones y casas rodantes, y los que están detenidos por más de 48 horas en el mismo lugar, situación en la que se los considera abandonados.
Cuando un vehículo es removido, la grúa deja un sticker informativo que indica la dirección exacta de la playa de acarreo a la que fue trasladado. El procedimiento es realizado por un agente de tránsito que acompaña cada unidad y se encarga de documentar la infracción y registrar el operativo.
La ubicación de la playa en la que se envía el vehículo que fue objeto de la infracción depende del lugar en que se produjo la remoción. Si el auto fue retirado en la zona comprendida entre Viamonte (excluida) y avenida Belgrano (excluida), se traslada a la playa subterránea de 9 de Julio y Sarmiento. Si fue al sur de Belgrano (incluida), se lleva a la playa ubicada bajo la autopista 9 de Julio, en Tacuarí 1277. En cambio, los vehículos removidos al norte de Viamonte son llevados a la playa de estacionamiento en Eduardo J. Couture, detrás de la Facultad de Derecho.
Para recuperar el vehículo, el conductor debe presentarse con la licencia de conducir, la cédula verde y el comprobante del seguro del auto. Solo después de abonar el monto del acarreo se permite el retiro del rodado. La multa correspondiente a la infracción se emite por separado y también debe ser pagada.
En caso de que el vehículo sufra daños durante el traslado, la operadora de las grúas debe hacerse cargo a través de un seguro obligatorio. Si el conductor considera que la remoción fue indebida, puede presentar un descargo ante el Controlador de Faltas en la sede de Regimiento de Patricios 65, en Barracas, de lunes a viernes de 8 a 19 hs.
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