Porte帽as | Espionaje ilegal

Confirmaron a Gallardo

La Justicia porte帽a rechaz贸 en segunda instancia el planteo de Larreta y confirm贸 al juez Gallardo al frente de la investigaci贸n por espionaje ilegal usando el sistema de c谩maras de video vigilancia de la ciudad. De esta forma, no prosper贸 la recusaci贸n planteada por el gobierno porte帽o para separar al magistrado que investiga el presunto uso irregular del sistema de reconocimiento facial de pr贸fugos, desde el Ministerio de Seguridad y Justicia de CABA. Entre los "espiados" figuran Alberto Fern谩ndez, Cristina Fern谩ndez y Estela de Carlotto.
Buenos Aires, 24 de mayo de 2022. La C谩mara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires confirm贸 ayer al juez Roberto Gallardo al frente de la causa en la que se investiga la supuesta utilizaci贸n irregular de datos biom茅tricos por parte de la Ciudad de Buenos Aires, confirmaron fuentes judiciales.

Cabe recordar que entre abril de 2019 y marzo de 2022 las consultas de datos biom茅tricos realizadas desde la cartera porte帽a fueron 9 millones, una cifra que triplica largamente el n煤mero de habitantes de la ciudad y que no se corresponde con la cantidad de individuos requeridos por la Justicia o en situaci贸n de rebeld铆a a partir de una medida judicial, y que por esa raz贸n figuran en los registros de la Consulta Nacional de Rebeld铆as y Capturas (CoNaRC), que en marzo pasado llegaron a unos 40 mil. 

La sala primera del tribunal de apelaciones rechaz贸 la recusaci贸n formulada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires 鈥搇a parte demandada- en la que se sosten铆a que el magistrado hab铆a incurrido en falta de imparcialidad e, incluso, hab铆a tomado decisiones llevado por una situaci贸n de enemistad. 鈥淓l recusante no ha podido demostrar la parcialidad del juez de grado cuyo apartamiento pretende鈥, sostuvieron los jueces Fabiana Schafrik, Carlos Balb铆n y Pablo Mantaras, en un fallo de 28 p谩ginas en el que descartaron que las cr铆ticas del Gobierno de la Ciudad a las decisiones del juez no alcanzan para apartarlo del caso.

鈥淟a sola circunstancia de que el juez haya ordenado las medidas que consider贸 conducentes para cumplir con su obligaci贸n de instruir el proceso y, luego, haya decidido las cuestiones sometidas a su consideraci贸n, no resulta suficiente para justificar la alegada afectaci贸n de la imparcialidad exigible a los magistrados y, consecuentemente, su separaci贸n del proceso鈥, se帽alaron los jueces en el fallo.

La recusaci贸n presentada contra el juez Gallardo se produjo luego de que, el 11 de abril, el magistrado dispusiera, de modo cautelar, 鈥渙rdenar al Gobierno de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires suspender el sistema de reconocimiento facial de pr贸fugos (SRFP), en el 谩mbito de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, sin que ello mermara de ninguna manera los restantes sistemas de videoviligancia (monitoreo urbano), preventivo y forense鈥.

El juez Gallardo suspendi贸 el sistema de reconocimiento facial de pr贸fugos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tras detectar un presunto uso irregular que permiti贸 acceder a datos biom茅tricos de personas que no estaban siendo buscadas, entre ellas dirigentes pol铆ticos, sociales, sindicales y de derechos humanos, como tambi茅n jueces, empresarios y periodistas. 

El Gobierno porte帽o, entonces, hab铆a se帽alado que el juez hab铆a tomado decisiones que exced铆an sus funciones, le reprochaban que hubiera dispuesto medidas que ninguna de las partes le hab铆a solicitado e incluso le hab铆an criticado la decisi贸n de suspender el funcionamiento del sistema de reconocimiento facial de la cartera de Seguridad porte帽a, a partir de una acci贸n de amparo colectivo impulsada por el Observatorio del Derecho Inform谩tico Argentino (ODIA).

Para los jueces de la C谩mara, el Gobierno porte帽o no pudo justificar en su planteo 鈥渜ue las medidas para mejor proveer adoptadas por el a quo 鈥揺l juez- se hallaban palmariamente desconectadas del objeto de este pleito鈥. 鈥淟a demostraci贸n de tal extremo era una condici贸n necesaria para justificar su afirmaci贸n de que tales determinaciones constitu铆an un mecanismo utilizado por el juez para ampliar el objeto del proceso o para suplir las falencias defensivas de la contraria鈥, se帽alaron los jueces.

鈥淧or otro lado, el accionado tampoco logr贸 fundar adecuadamente su argumento referido a que las diligencias dispuestas por el magistrado para resguardar la informaci贸n (para luego poder realizar una pericia inform谩tica) pod铆a considerarse una actuaci贸n carente de imparcialidad. En este sentido, el demandado no present贸 ninguna constancia que evidenciara que la reserva ordenada por el magistrado constitu铆a un obrar inequitativo respecto de su parte鈥, se帽alaron.

鈥淣o puede afirmarse 鈥揺n t茅rminos razonables鈥 que el magistrado hubiera ordenado medidas que tuvieran un fin distinto al de alcanzar la verdad material. En otras palabras, no puede aseverarse que las medidas adoptadas por el tuvieran por objetivo menoscabar intencionalmente los derechos de la demandada鈥, remarcaron los jueces.

Los indicios de espionaje ilegal

En su fallo, Gallardo ten铆a por constatado que el Ministerio de Seguridad y Justicia de CABA hab铆a accedido a datos biom茅tricos del presidente Alberto Fern谩ndez, de la vicepresidenta Fern谩ndez de Kirchner y la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, entre muchas otras personalidades p煤blicas.

Fuentes judiciales consultadas se帽alaron que el sistema de monitoreo del Ministerio de Seguridad porte帽o est谩 habilitado a solicitar datos biom茅tricos provenientes del Regirsto Nacional de las Personas (ReNaPer) siempre que se trate de personas incluidas en la Consulta Nacional de Rebeld铆as y Capturas (CoNaRC), que en 2019 eran unas 35.000 y marzo pasado llegaron a 40.000.


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