Sociedad | Conflicto docente

El debate de un modelo de país

Todo indica que el conflicto entre el gobierno y los docentes será prolongado. Una decisión política ha colocado a ese gremio en el centro del intento de disciplinar al conjunto del movimiento sindical, imponiendo salarios a la baja. Pero, además, el macrismo pretende afianzar un modelo de educación pública en el que el Estado nacional se desentiende de su financiamiento. Los antecedentes de Videla y Cavallo. Buenos Aires, 4 de abril de 2017. El ministro del Interior, Rogelio Frigerio, defendió el 31 de marzo la decisión del Gobierno de no instrumentar la paritaria docente nacional, al advertir que se trata de una “exigencia del país federal†para que la Casa Rosada “no se meta a discutir salarios de empleados públicos que no pagaâ€. Frigerio inscribió esta posición en el “cambio de la Argentinaâ€, al recordar: “Desde hace 15 meses estamos construyendo un país federal, y durante 20 años, desde que se transfirió la educación básica a las provincias, los gobernadores vienen pidiendo que el gobierno nacional no se meta a discutir salarios de empleados públicos que no pagaâ€. Los dichos del ministro confunden la verdadera discusión. Además, se equivoca. La educación primaria fue trasferida a las provincias por Videla y este año debería realizarse la décima paritaria nacional docente.

No es casualidad el error. Con los docentes, el gobierno quiere alcanzar dos objetivos. Imponer un techo de incremento salarial que convalide la pérdida de poder adquisitivo del año pasado y asegure una nueva rebaja para este. Es algo que ha logrado con empleados de comercio (Cavalieri firmó por el 20% en dos cuotas), estatales bonaerenses (allí UPCN aceptó el 18 en cuotitas de Vidal) y lo espera alcanzar con la UOCRA y estatales nacionales.

Pero, además, quiere reducir el gasto público nacional, desentendiéndose del financiamiento de la educación pública. Por eso no hubo hasta ahora paritaria nacional. Meten en el debate el tema del federalismo para esconder las verdaderas intenciones.

Algunos hitos en la historia de la educación pública

La Constitución Nacional desde 1853 en su artículo 5° establece como obligación de las provincias “asegurar la educación primariaâ€, en igual jerarquía que su “administración de justicia†y su “régimen municipalâ€. Una lectura atenta permite descubrir que nada dice de la educación media y superior, pues desde el principio fueron responsabilidad nacional.

Además, enumerando las competencias del Congreso, en la reforma de 1994 se introdujo en el artículo 75 el apartado 19 que determina entre otras, la siguiente atribución: “Sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del Estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionalesâ€.

Más allá de la Constitución, hace ya mucho tiempo que se conocen las capacidades diferentes de las provincias a la hora de asegurar “la educación primariaâ€. Tanto que, “el Estado nacional se encargó desde el inicio de ayudar a las provincias en el cumplimiento de esta disposición. Por un lado, a partir de la sanción de la Ley N° 463 en el año 1871 y la N° 2.737 en 1890, el Estado nacional decidió fomentar la instrucción primaria en las provincias a través del otorgamiento de subsidios. Por otro, a partir de la sanción de la Ley N° 4.874 en el año 1905 (Ley Láinez) el Estado nacional decidió impulsar la creación y financiamiento de escuelas en jurisdicciones provincialesâ€, como señala Fabián Repetto en un estudio publicado en 2001, del que fue asesor Horacio Rodríguez Larreta*.

Esto motivó que trascurridos unos 73 años de la Ley Láinez hubiese en todo el territorio nacional un sistema público conformado en simultáneo por escuelas provinciales y nacionales. En el marco del fuerte ajuste de las cuentas públicas nacionales resuelto por la dictadura de Videla se da en 1978 el primer paso en la transferencia de las escuelas nacionales a las provincias, sin el correspondiente financiamiento, que pasa a ser problema exclusivo de ellas. El traspaso fue de las escuelas primarias y primarias de adultos. Pero no de las escuelas secundarias, de educación técnica, profesorados o de educación superior.

El siguiente gran cambio vendría en 1991, de la mano de Cavallo, ya durante la gestión de Menem. En diciembre de 1991 logró que se sancione la Ley N° 24.049 que transfería todos los establecimientos dependientes del ministerio de Educación nacional y del Consejo Nacional de Educación Técnica. El financiamiento derivó de una reasignación de los fondos de coparticipación. Es decir, fue con plata de las provincias. De nuevo entonces la lógica que se impuso fue la del achicamiento del gasto público nacional, para disponer de más fondos para pagar la deuda externa.

En los dos casos mencionados de transferencias, el argumento fue devolver atribuciones a las provincias. Hoy de nuevo es el federalismo. Siempre, se trató de achicar el gasto público, a costa de dejar a la intemperie el derecho a la igualdad de oportunidades y de igual educación de calidad, de todos los chicas y chicos de nuestra patria, sin importar dónde nacieron o viven.

Ese es el debate de fondo que hay en torno de la paritaria nacional docente. Qué compromisos adopta o no el Estado nacional con el requerimiento de asegurar a todos los habitantes de la Nación Argentina los mismos derechos, entre ellos, el pleno acceso a una educación integral, de excelencia, común, laica y gratuita. Es mucho más que un aumento de sueldos lo que se discute. Por eso, no se trata sólo de un conflicto gremial.


Santiago Pujol

*TRANSFERENCIA EDUCATIVA HACIA LAS PROVINCIAS EN LOS AÑOS ´90: UN ESTUDIO COMPARADO. Coordinador de la investigación: Fabián Repetto. Asesor: Horacio Rodríguez Larreta. Elaborado por el Centro de Estudios para el Desarrollo Institucional - Fundación Gobierno y Sociedad y Fundación Grupo Sophia. Documento 57. Octubre de 2001.


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